Proceso de Guarda para Adulto - “Article 81”
Desafortunadamente, un adulto puede perder la capacidad para tomar decisiones en su propia vida. Las causas de esta incapacidad son varias, algunos ejemplos: 1) la demencia, 2) daños neurológicos causados por un accidente, 3) daños neurológicos propiciados por una emergencia médica (como un infarto o derrame cerebral), 4) una discapacidad psiquiátrica de duración indefinida o 5) quedar en un estado de inconsciencia, coma, o vegetativo.
Como se reconoce que un ser querido está perdiendo o perdió totalmente su capacidad intelectual? Quizás esa persona se le olvida pagar el alquiler de su departamento meses seguidos o quizás paga el mismo mes de alquiler tres veces…porque se le olvido que ya había pagado en el primer instante.
O posiblemente su personalidad ha cambiado. La persona que Ud. conoció como impecable en su aspecto físico, abandona su higiene personal. Hay muchos ejemplos, pero son cambios de personalidad y comportamiento que van empeorando con el tiempo. O pueden ser secuelas de un accidente o emergencia médica que no tienen mejoría.
Si un ser querido se encuentra incapacitado, pero ejecutó directivas anticipadas (y que sean válidos legalmente), sus intereses están protegidos.
Pero si un ser querido se encuentra incapacitado y nunca ejecutó directivas anticipadas (o que estos documentos sean invalidados por alguna razón), la única opción es entablar una demanda para la guarda de esta persona.
Ud. puede solicitar al Tribunal para ser guardián o para que el Tribunal designe a otro con esa responsabilidad. Habrá una audiencia con testigos, evidencia y posiblemente la participación de la persona incapacitada- si su condición se lo permite.
La Oficina de Veronica Escobar está disponible para consultar su situación particular y ayudarle llegar a una resolución en el mejor interés de su ser querido.